GARANTIAS DE
IGUALDAD
Artículo 1 .- Este articulo trata sobre que la
esclavitud queda prohibida en México, dice que cualquier esclavo extranjero que
entre al territorio nacional, alcanzara por ese solo hecho, su libertad y la protección
de las leyes. También dice que queda prohibida toda discriminación motivada por
origen étnico o nacional, la edad , él genero, las capacidades diferentes , la
condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones o
cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o
menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Artículo 2.- Este artículo habla que la nación es única e
indivisible. Dice que la nación tiene una composición pluricultural sustentada
originalmente en sus pueblos indígenas, que son aquellos que descienden de
poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la
colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas,
culturales y políticas o parte de ellas. Dice que la conciencia de su identidad
indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quienes se aplican
las disposiciones sobre pueblos indígenas.
Son comunidades integrantes de un
pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social económica y cultural,
asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres. Este artículo defiende a los indígenas porque
en sus comunidades pueden hacer cosas que no están permitidas en una sociedad
común ya que están apartados de la civilización, ya que ellos se rigen con sus
propias costumbres.
Artículo 4.- El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta
protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Este artículo también
habla de la forma libre del número de hijos que se desea tener y de su
esparcimiento.
Dice que toda persona tiene derecho
a la protección de la salud. También que toda persona tiene derecho a un medio
ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. La familia tiene derecho de
disfrutar de vivienda digna y decorosa. Los niños y las niñas tienen derecho a
la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano
esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y
custodios tienen el deber de preservar estos derechos.
Artículo 12.- En los Estados U nidos mexicanos no se concederán títulos
de nobleza ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a
los otorgados por cualquier otro país. Este artículo es el más claro ejemplo de
las garantías de igualdad que nos rigen a todos los habitantes de este país.
Artículo 13.- Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por
tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni
gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y
estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas
para la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por
ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan
al ejército.
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